Encarcelamiento de embarazada atendida por urgencia obstétrica vulnera derechos de la mujer y de las reclusas

Síntesis del caso  CS Rol 50.967-2022

Se interpone apelación en contra la sentencia que había rechazado el reemplazo de la pena privativa de libertad de una mujer embarazada de 17 semanas, que había sido atendida por urgencia obstétrica, por la reclusión domiciliaria total.

Derecho vulnerado y solución

En este caso, la Corte Suprema consideró que mantener la ejecución de la condena de la amparada en el interior de un recinto carcelario suponía graves perjuicios para el desarrollo y vida futura de su hijo, y que esa situación la obligaba a adoptar medidas urgentes con la finalidad de cumplir con los tratados internacionales de derechos humanos de los que Chile es parte.

Al respecto, la Corte razonó que si bien en el ordenamiento jurídico nacional no hay una norma que autorice expresamente la sustitución de la pena de presidio por la de reclusión domiciliaria por razones como las que motivaron la acción judicial, el artículo 5 inciso 2° de la Constitución establece que es deber de los órganos del Estado respetar y promover los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana, garantizados por la Constitución, “así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”. De este modo, la Corte consideró, para resolver, lo dispuesto en los artículos 1, 4, 7 y 9 de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará) y la Regla 57 de la Regla de Bangkok (Reglas de las Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de la libertad para las mujeres delincuentes).

En consecuencia, la Corte Suprema decidió acoger el recurso de amparo y decretó la suspensión del cumplimiento efectivo del saldo de pena que cumplía la amparada, sustituyéndola por la reclusión domiciliaria total.

Revisa el fallo completo